1/20/2017

RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL N° 015-2017-MINEDU Aprueban Norma Técnica denominada "Normas para

Aprueban Norma Técnica denominada "Normas para la implementación de los talleres complementarios de las iniciativas pedagógicas "EXPRESARTE", "ORQUEST ANDO" y "T ALLERES DEPORTIVO-RECREATIVOS" RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL Nº 015-2017-MINEDU Lima, 18 de enero de 2017 Vistos, el Expediente Nº 0219391-2016, el Informe Nº 206-2016-MINEDU-VMGP-DIGEBR y el Informe Nº 35-2017-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 79 de la Ley Nº 28044,
Aprueban Norma Técnica denominada "Normas para la implementación de los talleres complementarios de las iniciativas pedagógicas "EXPRESARTE", "ORQUEST ANDO" y "T ALLERES DEPORTIVO-RECREATIVOS"
RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL Nº 015-2017-MINEDU
Lima, 18 de enero de 2017
Vistos, el Expediente Nº 0219391-2016, el Informe Nº 206-2016-MINEDU-VMGP-DIGEBR y el Informe Nº 35-2017-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 79 de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, establece que el Ministerio de Educación es el órgano de Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y articular la política de educación, cultura, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado;

Que, conforme al literal a) del artículo 9 de la referida Ley, uno de los fines de la educación peruana es formar personas capaces de lograr su realización ética, intelectual, artística, cultural, afectiva, física, espiritual y religiosa promoviendo la formación y consolidación de su identidad y autoestima y su integración adecuada y crítica a la sociedad para el ejercicio de su ciudadanía en armonía con su entorno, así como el desarrollo de su capacidad y habilidad para vincular su vida con el mundo del trabajo y para afrontar los incesantes cambios en la sociedad y el conocimiento;

Que, de acuerdo a lo dispuesto por el literal f) del artículo 21 de la Ley General de Educación, modificado por el artículo 6 de la Ley Nº 30432, Ley que promueve y garantiza la práctica del deporte y la educación física en los diferentes niveles de la educación básica pública, una de las funciones del Estado es la de garantizar la obligatoriedad de la enseñanza de la educación física y de la práctica del deporte, incluyendo la recreación, dentro de los diversos estamentos de la educación básica del país, así como orientar y articular los aprendizajes generados dentro y fuera de las instituciones educativas con la finalidad de prevenir situaciones de riesgo de los estudiantes;

Que, mediante Oficio Nº 2945-2016-MINEDU-VMGP/ DIGEBR la Dirección General de Educación Básica Regular remitió al Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica el Informe Nº 206-2016-MINEDU-VMGP-DIGEBR, a través del cual se sustenta la necesidad de aprobar las normas para la implementación de los talleres complementarios de las iniciativas pedagógicas "EXPRESARTE", "ORQUESTANDO" y "TALLERES
DEPORTIVO-RECREATIVOS";

Que, las referidas iniciativas se plantean los siguientes objetivos: contribuir al desarrollo integral de las y los estudiantes y al logro de los aprendizajes planteados en el currículo nacional vigente; fortalecer las competencias socioemocionales y ciudadanas del estudiantado, promoviendo experiencias educativas colectivas que permitan su integración saludable y activa a la vida en la escuela y en la comunidad; brindar alternativas para mejorar la calidad de vida de los niños, niñas y adolescentes al tener acceso a otros espacios educativos fuera del horario escolar, donde pueden desarrollar sus gustos e intereses a mayor profundidad; y generar espacios de actividad física vinculados al desarrollo de las competencias establecidas en el currículo nacional vigente, fomentando el desarrollo y formación deportiva escolar que permitan promover hábitos saludables que acompañen al estudiante hasta su vida adulta;

Que, además en el referido informe se señala que es necesario dejar sin efecto las "Normas para la implementación de la iniciativa EXPRESARTE", aprobadas por Resolución de Secretaría General Nº 298-2015-MINEDU y las "Normas para la implementación y funcionamiento de la iniciativa pedagógica ORQUESTANDO" aprobadas por Resolución de Secretaria General Nº 307-2016-MINEDU;

Que, de acuerdo al literal g) del artículo 2 de la Resolución Ministerial Nº 002-2017-MINEDU, la Ministra de Educación delega en el Secretario General del Ministerio de Educación, durante el Año Fiscal 2017, entre otras facultades y atribuciones, la de emitir los actos resolutivos que aprueban, modifican o dejan sin efecto los Documentos Normativos en el ámbito de competencia del despacho ministerial;

De conformidad con el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley Nº 26510; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU; la Resolución Ministerial Nº 0520-2013-ED, que aprueba la Directiva Nº 023-2013-MINEDU/SG-OAJ, denominada "Elaboración, aprobación y tramitación de Dispositivos Normativos y Actos Resolutivos en el Ministerio de Educación"; y las facultades delegadas por la Resolución Ministerial Nº 002-2017-MINEDU;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar la Norma Técnica denominada "Normas para la implementación de los talleres complementarios de las iniciativas pedagógicas "EXPRESARTE", "ORQUESTANDO" y "TALLERES
DEPORTIVO-RECREATIVOS", la misma que como Anexo forma parte de la presente resolución.

Artículo 2.- Dejar sin efecto las "Normas para la implementación de la iniciativa EXPRESARTE", aprobadas por Resolución de Secretaría General Nº 298-2015-MINEDU y las "Normas para la implementación y funcionamiento de la iniciativa pedagógica ORQUESTANDO" aprobadas por Resolución de Secretaria General Nº 307-2016-MINEDU.

Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su Anexo, en el Sistema de Información Jurídica de Educación - SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (www.minedu. gob.pe), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano".

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JOSÉ CARLOS CHÁVEZ CUENTAS
Secretario General

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