8/05/2015

DECRETO SUPREMO N° 225-2015-EF Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector

Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015 a favor de Gobiernos Regionales, para financiar la contratacion de especialistas en seguimiento de gestion administrativa y pedagogica DECRETO SUPREMO Nº 225-2015-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el literal h) del articulo 80 de la Ley Nº 28044, Ley General de Educacion, establece que
Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015 a favor de Gobiernos Regionales, para financiar la contratacion de especialistas en seguimiento de gestion administrativa y pedagogica
DECRETO SUPREMO Nº 225-2015-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
CONSIDERANDO:

Que, el literal h) del articulo 80 de la Ley Nº 28044, Ley General de Educacion, establece que el Ministerio de Educacion tiene como una de sus funciones la de definir las politicas sectoriales de personal, programas de mejoramiento del personal directivo, docente y administrativo del sector e implementar la carrera publica magisterial;

Que, el literal i) del articulo 3 del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Educacion, aprobado mediante Decreto Supremo Nº
001-2015-MINEDU, establece que el citado Ministerio tiene como una de sus funciones la de promover una gestion descentralizada, orientada a la prestacion de servicios educativos de calidad, a traves de la articulacion, asistencia tecnica y fortalecimiento de las capacidades de las instancias de gestion educativa descentralizada, en materia de su competencia;

Que, el numeral 18.1 del articulo 18 de la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015, autoriza al Ministerio de Educacion, durante el ano fiscal 2015, con cargo a los recursos de su presupuesto institucional, a efectuar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional a favor de los Gobiernos Regionales, hasta por el monto de MIL NOVECIENTOS
SETENTA Y NUEVE MILLONES SETECIENTOS DIEZ
MIL DOSCIENTOS DIEZ Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 979 710 210,00), destinado a financiar, entre otros, lo senalado en el literal c), relativo a la contratacion de personal, bajo el Regimen Laboral Especial del Decreto Legislativo Nº 1057, para que se desempene como especialistas en seguimiento de gestion administrativa, institucional y pedagogica en las Unidades de Gestion Educativa Local (UGEL); asimismo, el numeral 18.2 del articulo antes citados, establece que las modificaciones presupuestarias en el nivel institucional autorizadas por este articulo se aprueban mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y el Ministro de Educacion, a solicitud de este ultimo, previo cumplimiento de las condiciones o disposiciones que para tal efecto establece el Ministerio de Educacion en el marco de lo establecido en la normatividad de la materia;

Que, mediante Resolucion Viceministerial Nº
034-2015-MINEDU, se aprueba la Norma Tecnica denominada "Norma que orienta la contratacion de especialistas en seguimiento de gestion pedagogica, administrativa e institucional, bajo el regimen de contratacion administrativa de servicios, en las Unidades de Gestion Educativa Local", la cual tiene como objetivos coadyuvar a que dichas instancias puedan contar con el personal idoneo para fortalecer su gestion; y brindar los perfiles, requisitos y funciones de los especialistas en seguimiento de gestion pedagogica, administrativa e institucional, que seran contratados bajo el Regimen Laboral Especial del Decreto Legislativo Nº 1057, en las Unidades de Gestion Educativa Local (UGEL);

Que, mediante Informe Nº 032-2015-MINEDU/ DIGEGED-DIFOCA/ERRHHER, la Direccion General de Gestion Descentralizada del Ministerio de Educacion sustenta y determina el costo total de la contratacion bajo el Regimen Laboral Especial del Decreto Legislativo Nº 1057, de especialistas en seguimiento de gestion administrativa y pedagogica en las Unidades de Gestion Educativa Local (UGEL); asimismo, mediante Memorandum Nº 727-2015-MINEDU/VMGI-DIGEGED, la Direccion General de Gestion Descentralizada senala que se ha verificado el cumplimiento de lo dispuesto en el ultimo parrafo del numeral 18.2 del articulo 18
de la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015; y, por su parte, la Unidad de Planificacion y Presupuesto de la Oficina de Planificacion Estrategica y Presupuesto de la Secretaria de Planificacion Estrategica del Ministerio de Educacion, a traves del Informe Nº 195-2015-MINEDU/SPE-OPEP-UPP, indica que en el presupuesto institucional del pliego 010: Ministerio de Educacion, Unidad Ejecutora 026:

Programa Educacion Basica para Todos, en la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, se cuenta con recursos disponibles para ser transferidos a favor de los pliegos Gobiernos Regionales, para financiar el costo de la contratacion antes mencionada; en virtud de lo cual, el Ministerio de Educacion mediante Oficio Nº
1071-2015-MINEDU/SG, solicita dar tramite a la citada transferencia de recursos;

Que, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015, hasta por la suma de VEINTISEIS MILLONES
TRESCIENTOS VEINTIDOS MIL DOSCIENTOS TRECE
Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 26 322 213,00), a favor de los pliegos Gobiernos Regionales, para financiar el costo de la contratacion bajo el Regimen Laboral Especial del Decreto Legislativo 1057, de especialistas en seguimiento de gestion administrativa y pedagogica en las Unidades de Gestion Educativa Local (UGEL), en lo que resta del presente ano;

De conformidad con lo establecido en el articulo 18 de la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015;

DECRETA:

Articulo 1.- Objeto 1.1 Autorizase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015, hasta por la suma de VEINTISEIS MILLONES
TRESCIENTOS VEINTIDOS MIL DOSCIENTOS TRECE
Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 26 322 213,00), del pliego 010: Ministerio de Educacion, a favor de los pliegos Gobiernos Regionales, para financiar el costo de la contratacion, en lo que resta del presente ano, bajo el Regimen Laboral Especial del Decreto Legislativo Nº 1057, de especialistas en seguimiento de gestion administrativa y pedagogica en las Unidades de Gestion Educativa Local (UGEL), conforme a lo indicado en la parte considerativa de la presente norma, de acuerdo al siguiente detalle:

DE LA: En Nuevos Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 010 : Ministerio de Educacion UNIDAD EJECUTORA 026 : Programa Educacion Basica para Todos
ACCIONES CENTRALES
ACTIVIDAD 5000003 :Gestionadministrativa FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y Servicios 26 322 213,00
TOTAL EGRESOS 26 322 213,00
A LA: En Nuevos Soles SECCION SEGUNDA : Instancias Descentralizadas PLIEGO : Gobiernos Regionales
ACCIONES CENTRALES
ACTIVIDAD 5000003 :Gestionadministrativa FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y Servicios 26 322 213,00
TOTAL EGRESOS 26 322 213,00
1.2 Los pliegos habilitados en el numeral 1.1
del presente articulo y los montos de transferencia por Pliego y Unidad Ejecutora, se consignan en el Anexo "Transferencia presupuestal a Regiones para la Contratacion de especialistas en seguimiento de gestion administrativa y pedagogica en las UGEL a nivel nacional", que forma parte integrante del presente Decreto Supremo, el cual se publica en los portales institucionales del Ministerio de Educacion (www.minedu.gob.pe) y del Ministerio de Economia y Finanzas (www.mef.gob.pe), en la misma fecha de publicacion de la presente norma en el Diario Oficial "El Peruano".

Articulo 2.- Procedimiento para la Aprobacion Institucional 2.1 Los Titulares de los pliegos habilitador y habilitados en la presente Transferencia de Partidas aprueban mediante Resolucion, la desagregacion de los recursos autorizados en el numeral 1.1 del articulo 1 del presente Decreto Supremo, a nivel programatico, dentro de los cinco (5) dias calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolucion sera remitida dentro de los cinco (5) dias de aprobada a los organismos senalados en el numeral 23.2 del articulo 23 del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº
304-2012-EF.

2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, solicitaran a la Direccion General de Presupuesto Publico, las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporacion de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.

2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados instruiran a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificacion Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en el presente Decreto Supremo.

Articulo 3.- Limitacion al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el numeral 1.1 del articulo 1 del presente Decreto Supremo no podran ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Articulo 4.- Del refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y por el Ministro de Educacion.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los tres dias del mes de agosto del ano dos mil quince.

OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente de la Republica
ALONSO SEGURA VASI
Ministro de Economia y Finanzas
JAIME SAAVEDRA CHANDUVI
Ministro de Educacion
Poder Ejecutivo, Economia y Finanzas

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