3/21/2013

Resolución Suprema N° 027-2013-JUS Acceden a solicitud de extradición activa de presunto responsable de la

Acceden a solicitud de extradición activa de presunto responsable de la comisión de delito y disponen su presentación a la República de Colombia JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS RESOLUCIÓN SUPREMA N° 027-2013-JUS Lima, 20 de marzo de 2013 VISTO; el Informe de la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados N° 025-2013/COE-TC, del 19 de marzo de 2013, sobre la solicitud de extradición activa a la República de Colombia del ciudadano colombiano CARLOS HUMBERTO SUÁREZ RESTREPO, formulada por
Acceden a solicitud de extradición activa de presunto responsable de la comisión de delito y disponen su presentación a la República de Colombia

JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 027-2013-JUS


Lima, 20 de marzo de 2013
VISTO; el Informe de la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados N° 025-2013/COE-TC, del 19 de marzo de 2013, sobre la solicitud de extradición activa a la República de Colombia del ciudadano colombiano CARLOS HUMBERTO SUÁREZ
RESTREPO, formulada por el Cuarto Juzgado Penal Supraprovincial de la Corte Suprema de Justicia de la República;

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 5 del artículo 34° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo N° 017-93-JUS, las Salas Penales conocen las extradiciones activas y pasivas;

Que, en mérito a las atribuciones conferidas, la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, mediante Resolución Consultiva de fecha 29 de enero de 2013, declaró procedente la solicitud de extradición activa del ciudadano colombiano CARLOS HUMBERTO SUÁREZ RESTREPO, para ser procesado por la presunta comisión del delito contra la Salud Pública
- Tráfico Ilícito de Drogas agravado, en perjuicio del Estado peruano (Expediente N° 03-2012).

Que, el literal 'a' del artículo 28° de las Normas referidas al comportamiento judicial y gubernamental en materia de extradiciones y traslado de condenados, aprobadas por Decreto Supremo N° 016-2006-JUS, establece que la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados propone al Consejo de Ministros, a través del Ministro de Justicia y Derechos Humanos, acceder o no al pedido de extradición activa formulado por el órgano jurisdiccional competente;

Que, la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados ha emitido la opinión correspondiente mediante el Informe N° 025-2013/COE-TC, del 19 de marzo de 2013, en el sentido de acceder a la solicitud de extradición;

Que, de acuerdo a lo dispuesto por el numeral 1 del artículo 514° del Código Procesal Penal, promulgado por el Decreto Legislativo N° 957, corresponde al Gobierno decidir la extradición, pasiva o activa, mediante Resolución Suprema expedida con acuerdo del Consejo de Ministros, previo informe de la referida Comisión Oficial;

De conformidad con el 'Acuerdo entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República de Colombia, modificatorio del Convenio Bolivariano de Extradición firmado el 18 de julio de 1911', suscrito en la ciudad de Lima el 22 de octubre de 2004;

En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del artículo 118° de la Constitución Política del Perú; y,
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Acceder a la solicitud de extradición activa del ciudadano colombiano CARLOS HUMBERTO SUÁREZ RESTREPO, formulada por el Cuarto Juzgado Penal Supraprovincial de la Corte Suprema de Justicia de la República y declarada procedente por la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, para ser procesado por la presunta comisión del delito contra la Salud Pública - Tráfico Ilícito de Drogas agravado, en perjuicio del Estado peruano y disponer su presentación por vía diplomática a la República de Colombia, de conformidad con el Acuerdo vigente y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso.

Artículo 2°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Ministra de Justicia y Derechos Humanos y por el Ministro de Relaciones Exteriores.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República WILFREDO PEDRAZA SIERRA Ministro del Interior Encargado del Despacho del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos LUIS ALBERTO PEIRANO FALCONI Ministro de Cultura Encargado del Despacho del Ministerio de Relaciones Exteriores

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