3/21/2013

Resolución Suprema N° 009-2013-MTC Autorizan viaje a Canadá de profesional de la Dirección General de Aeronáutica

Autorizan viaje a Canadá de profesional de la Dirección General de Aeronáutica Civil, en comisión de servicios TRANSPORTES Y COMUNICACIONES RESOLUCIÓN SUPREMA N° 009-2013-MTC Lima, 20 de marzo de 2013 VISTOS: El documento de fecha 19 de octubre de 2012 de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI), el Memorándum N° 364-2013-MTC/02.AL.AAH emitido por el Viceministerio de Transportes, y el Informe N° 061-2013-MTC/12 emitido por la Dirección General de Aeronáutica Civil, y; CONSIDERANDO: Que,
Autorizan viaje a Canadá de profesional de la Dirección General de Aeronáutica Civil, en comisión de servicios

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 009-2013-MTC


Lima, 20 de marzo de 2013
VISTOS:

El documento de fecha 19 de octubre de 2012 de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI), el Memorándum N° 364-2013-MTC/02.AL.AAH emitido por el Viceministerio de Transportes, y el Informe N° 061-2013-MTC/12 emitido por la Dirección General de Aeronáutica Civil, y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante documento de fecha 19 de octubre de 2012, la Organización de Aviación Civil Internacional, comunica la invitación al Ministerio de Transportes y Comunicaciones para asistir al 'Seminario Técnico de OACI sobre requisitos de competencia Lingüística - LPR', que se realizará del 25 al 27 de marzo de 2013, en la ciudad de Montreal, Canadá;

Que, el citado evento tiene como objetivo brindar la oportunidad de familiarizarse con las herramientas en línea que OACI ha introducido para ayudar a todas las partes interesadas a aplicar las mejores prácticas en la instrucción y evaluación de los conocimientos del lenguaje aeronáutico;

Que, asimismo, la Dirección General de Aeronáutica Civil, señala que la OACI reconoce que la aplicación de las LPR es difícil, motivo por el cual está organizando este Seminario Técnico a fin de asistir a los Estados en el cumplimiento de las disposiciones técnicas que sobre el referido tema resulten aplicables;

Que, en tal sentido y dada la importancia del citado evento, resulta conveniente autorizar la participación de la señora Clara Rosa Castro Sánchez, profesional de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones;

Que, el costo del referido viaje será financiado dentro del marco del Convenio de Administración de Recursos PER/12/801, suscrito por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y la Organización de Aviación Civil Internacional - OACI, organismo técnico de las Naciones Unidas, de conformidad con los términos de la Autorización de la Beca/Misión Int. N° 005-02-2013, suscrita por el Coordinador del Proyecto OACI (e);

De conformidad con la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, y a lo informado por la Dirección General de Aeronáutica Civil, y;

Estando a lo acordado;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar el viaje de la señora Clara Rosa Castro Sánchez, profesional de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a la ciudad de Montreal, Canadá, del 24 al 28 de marzo de 2013, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.

Artículo 2.- Los gastos que demande el viaje serán cubiertos por el Convenio de Administración de Recursos PER/12/801, de acuerdo a la Autorización de Beca/Misión Int. N° 005-02-2013 y al siguiente detalle:

Pasajes aéreos (incluido el TUUA) US$ 1,445.00
Viáticos US$ 880.00
Artículo 3.- Dentro de los siete (07) días calendario siguientes de su retorno al país, la persona mencionada en el artículo 1° deberá presentar a la Presidencia de la República, a través de la Secretaría del Consejo de Ministros, un informe describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado.

Artículo 4.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje; la persona mencionada en el artículo 1° deberá presentar un informe al Despacho Ministerial, con copia a la Oficina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje; así como la rendición de cuentas de acuerdo a Ley.

Artículo 5.- La presente Resolución Suprema no otorgará derecho a exoneración de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominación.

Artículo 6.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Transportes y Comunicaciones.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros CARLOS PAREDES RODRÍGUEZ Ministro de Transportes y Comunicaciones

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