3/19/2013

Resolución Ministerial N° 0265/RE-2013 Autorizan viaje a Bolivia de funcionarios diplomáticos, en comisión de servicios

Autorizan viaje a Bolivia de funcionarios diplomáticos, en comisión de servicios RELACIONES EXTERIORES RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0265/RE-2013 Lima, 14 de marzo de 2013 CONSIDERANDO: Que, la I Reunión del Mecanismo de Consulta y Coordinación (MCC 2 + 2) entre Perú y Bolivia, se realizó en la ciudad de Lima, el día 18 de octubre de 2010, en la cual se evaluaron temas referidos a la seguridad y defensa de ambos países; Que, la II Reunión del Mecanismo de Consulta y Coordinación (MCC
Autorizan viaje a Bolivia de funcionarios diplomáticos, en comisión de servicios

RELACIONES EXTERIORES
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0265/RE-2013


Lima, 14 de marzo de 2013
CONSIDERANDO:

Que, la I Reunión del Mecanismo de Consulta y Coordinación (MCC 2 + 2) entre Perú y Bolivia, se realizó en la ciudad de Lima, el día 18 de octubre de 2010, en la cual se evaluaron temas referidos a la seguridad y defensa de ambos países;

Que, la II Reunión del Mecanismo de Consulta y Coordinación (MCC 2 + 2) entre Perú y Bolivia, se llevó a cabo en la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, Estado Plurinacional de Bolivia, el 15 de marzo de 2013, a fin de fortalecer las labores de cooperación bilateral en materia de seguridad y defensa;

Que, el viaje de los funcionarios diplomáticos a la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, Estado Plurinacional de Bolivia, se efectuó en el avión de la Fuerza Aérea del Perú;

Teniendo en cuenta la Hoja de Trámite (GAC) N° 1437, del Despacho Viceministerial, de 14 de marzo de 2013; y los Memoranda (DGA) N° DGA0173/2013, de la Dirección General de América, de 13 de marzo de 2013, y (OPR) N° OPR00138/2013, de la Oficina de Programación y Presupuesto, de 14 de marzo de 2013, que otorga certificación de crédito presupuestario al presente viaje;

De conformidad con la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modificada por la Ley N° 28807 y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM; la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, su Reglamento y modificatorias; la Ley N° 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; el numeral 10.1 del artículo 10° de la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Autorizar el viaje en comisión de servicios, de los siguientes funcionarios diplomáticos, a la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, Estado Plurinacional de Bolivia, el 15 de marzo de 2013, para que participen en la II Reunión del Mecanismo de Consulta y Coordinación (MCC 2 + 2) entre Perú y Bolivia:
• Embajador en el Servicio Diplomático de la República Claudio Julio de la Puente Ribeyro, Director General de América.
• Ministro en el Servicio Diplomático de la República Carlos Manuel Gil de Montes Molinari, Director de Seguridad y Defensa, de la Dirección General para Asuntos Multilaterales y Globales.
• Ministro en el Servicio Diplomático de la República Manuel Augusto De Cossío Klüver, Subdirector de Países Andinos, de la Dirección de América del Sur, de la Dirección General de América.

Artículo 2°.- Los gastos por concepto de viáticos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 0082625: Acciones de Política Exterior en América, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle:

Nombres y Apellidos Viáticos por día US$
Número de días Total viáticos US$
Claudio Julio De la Puente Ribeyro 200.00 01 200.00
Carlos Manuel Gil de Montes Molinari 200.00 01 200.00
Manuel Augusto de Cossío Klüver 200.00 01 200.00
Artículo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendario posteriores a su retorno al país, los citados funcionarios diplomáticos presentarán al Ministro de Relaciones Exteriores un informe detallado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos en las reuniones a las que asista.

Artículo 4°.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

RAFAEL RONCAGLIOLO ORBEGOSO
Ministro de Relaciones Exteriores

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