3/23/2013

N° 878-2013/GRP-CR Aprueban Convenio de Transferencia de Partida para Cofinanciamiento entre

Aprueban Convenio de Transferencia de Partida para Cofinanciamiento entre el Gobierno Regional Piura y la Municipalidad Distrital de Santa Catalina de Mossa para la ejecución del proyecto de infraestructura de riego ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL GOBIERNO REGIONAL DE PIURA N° 878-2013/GRP-CR Piura, 6 de marzo de 2013 VISTO: - Oficio N° 001-2013-MDSCM-PA-A (HRYT N° 01016) del 10 de enero de 2013 de la Municipalidad Distrital de Santa Catalina de Mossa; - Memorando N° 312-2013/GRP-410000 del 05
Aprueban Convenio de Transferencia de Partida para Cofinanciamiento entre el Gobierno Regional Piura y la Municipalidad Distrital de Santa Catalina de Mossa para la ejecución del proyecto de infraestructura de riego ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL

GOBIERNO REGIONAL DE PIURA
N° 878-2013/GRP-CR


Piura, 6 de marzo de 2013
VISTO:
- Oficio N° 001-2013-MDSCM-PA-A (HRYT N° 01016) del 10 de enero de 2013 de la Municipalidad Distrital de Santa Catalina de Mossa;
- Memorando N° 312-2013/GRP-410000 del 05 de febrero de 2013, de la Gerencia Regional de Planeamiento,
Presupuesto y Acondicionamiento Territorial;
- Informe N° 317-2013/GRP-460000 del 20 de febrero de 2013, de la Oficina Regional de Asesoría Jurídica;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 192° de la Constitución Política del Perú de 1993 y la Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización Ley N° 27680, establece que es competencia de los Gobiernos Regionales promover y regular actividades y/o servicios en materia de agricultura, pesquería, industria, agroindustria, comercio, turismo, energía, minería, red vial, comunicaciones, educación, salud y medio ambiente, conforme a Ley;

Que, el artículo 15° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales N° 27867, establece como atribuciones del Consejo Regional, entre otras, en el literal a) 'Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional'; asimismo, el inciso K) del artículo 21°
establece que el Presidente Regional tiene la atribución de celebrar y suscribir en representación del Gobierno Regional, contratos, convenios y acuerdos relacionados con la ejecución o concesión de obras, proyectos de inversión, prestación de servicios y demás acciones de desarrollo conforme a la Ley de la materia y solo respecto de aquellos bienes, servicios y/o activos cuya titularidad corresponda al Gobierno Regional;

Que, mediante Oficio N° 001-2013-MDSCM-PA-A (HRYT N° 01016), del 10 de enero de 2013, la Municipalidad Distrital de Santa Catalina de Mossa, comunica que se ha gestionado el financiamiento del PIP 'Mejoramiento del Servicio de Agua del sistema de riego, canal principal Casa Blanca, en el caserío Casa Blanca, Distrito de Santa Catalina de Mossa, Provincia de Morropón, Piura', con código de SNIP 175551, incluido en la Ley N° 29951 – Ley de Presupuesto para el Sector Público del Año Fiscal 2013 dentro del Pliego 013 – Ministerio de Agricultura por un monto de S/.
1’212,431.00; pero por encontrarse en Fase de Inversión dicho expediente técnico el monto definitivo asciende a S/. 1’536,952.00, es decir existe una variación de S/.
324,521.00; por lo que con Acuerdo de Concejo Municipal N° 001-2013 del 03 de enero de 2013, se solicitó el cofinanciamiento ante el Gobierno Regional Piura por el monto de S/. 324,521.00 nuevos soles;

Que, con Memorando N° 312-2013/GRP-410000 del 05 de febrero de 2013, Gerencia Regional de Planeamiento,
Presupuesto y Acondicionamiento Territorial señala que al amparo de lo estipulado por los artículos IV, XII, 7°,
10°, 38°, 40° y 41° de la Ley N° 28411 – Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y artículo 4.1 y 12° de la Ley N° 29951 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, garantiza la cobertura presupuestaria por la Fuente de Financiamiento Recursos Determinados, Actividad Transferencia Financiera a Gobiernos Locales por la suma de S/. 324,521.00 nuevos soles para la Municipalidad Distrital de Santa Catalina de Mossa;

Que, mediante Informe N° 317-2013/GRP-460000 del 20 de febrero de 2013, la Oficina Regional de Asesoría Jurídica, concluye que el mencionado PIP se encuentra enmarcado dentro de las denominadas Transferencias Financieras permitidas por el artículo 12 inciso c) de la Ley N° 29951, debiendo ser remitida al Consejo Regional para su autorización, previa firma del Convenio respectivo, debiendo el Acuerdo de autorización publicarse en el Diario Oficial El Peruano;

Que, mediante Informe N° 118-2013/GRP-440000 del 05 de marzo de 2013, Gerencia Regional de Infraestructura otorga conformidad al expediente de cofinanciamiento para la ejecución del PIP 'Mejoramiento del Servicio de Agua del sistema de riego, canal principal Casa Blanca, en el caserío Casa Blanca, Distrito de Santa Catalina de Mossa,
Provincia de Morropón, Piura';

Que, con Informe N° 015-2013/GRP-200010-ACCR del 06 de marzo de 2013, el Equipo de Apoyo a Comisiones del Consejo Regional recomienda se apruebe, en el primer trimestre del ejercicio 2013, la transferencia financiera hasta por la suma de S/. 324,521.00 nuevos soles del Pliego Gobierno Regional Piura a favor del Pliego Municipalidad Distrital de Santa Catalina de Mossa, en sujeción Convenio Específico de Cooperación Interinstitucional y de conformidad al numeral 12.1 inciso c) y numeral 12.2 del artículo 12° de la Ley N° 29951 Ley de Presupuesto del Sector Público para el ejercicio 2013; asimismo que Gerencia Regional de Infraestructura tramite la conformidad de las valorizaciones de obra ante la Oficina Regional de Administración, disponiéndose el monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines, metas en sus dimensiones físicas y financieras para los cuales están destinados los recursos;

Que, estando a lo acordado y aprobado por unanimidad, en Sesión Extraordinaria N° 06 - 2012, celebrada el día 06 de marzo del 2013, en la ciudad de Piura, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Piura, en uso de sus facultades y atribuciones conferidas por la Constitución Política del Estado, modificada por Ley N° 27680 y Ley N° 28607; y la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales N° 27867, y sus modificatorias Ley N° 27902, Ley N° 28961,
Ley N° 28968 y Ley N° 29053;

ACUERDA:

Artículo Primero.- Aprobar el CONVENIO DE TRANSFERENCIA DE PARTIDA PARA COFINANCIAMIENTO ENTRE EL GOBIERNO REGIONAL PIURA Y LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTA CATALINA DE MOSSA PARA LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO DE INFRAESTRUCTURA DE RIEGO, que consta de once cláusulas, y tiene por objetivo establecer las pautas, mecanismos y bases, de carácter legal, técnico, coordinación, financiamiento y operatividad mediante el cual el Gobierno Regional transfiere a la Municipalidad los recursos financieros ascendentes a la suma S/. 324,521.00 nuevos soles (Trescientos veinticuatro Mil Quinientos Veintiuno y 00/100 Nuevos Soles) para la ejecución del proyecto denominado
'Mejoramiento del Servicio de Agua del sistema de riego, canal principal Casa Blanca, en el caserío Casa Blanca, Distrito de Santa Catalina de Mossa, Provincia de Morropón, Piura', con código SNIP 175551.

Artículo Segundo.- Autorizar la transferencia financiera del Pliego Gobierno Regional Piura – Sede Central a favor de la Municipalidad Distrital de Santa Catalina de Mossa por el monto de S/. 324,521.00 nuevos soles (Trescientos veinticuatro Mil Quinientos Veintiuno y 00/100 Nuevos Soles) para ser utilizados en forma exclusiva para los fines que señala el Convenio mencionado en el artículo primero, de acuerdo a los lineamientos señalados en el numeral 12.3 del artículo 12° de la Ley del Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2013 y la Directiva N° 05-2010-EF/76.01 y su modificatoria.

Artículo Tercero.- Encargar a Gerencia General Regional, en coordinación con la Gerencia Regional de Infraestructura, realicen el seguimiento correspondiente a los recursos transferidos y presenten informes periódicos al Consejo Regional sobre el avance físico y financiero del proyecto materia del Convenio; y a la Secretaría Técnica del Sistema Regional de Lucha contra la Corrupción, designar veedores ciudadanos que velen por el buen uso de los recursos transferidos.

Artículo Cuarto.- Disponer la publicación del presente Acuerdo de Consejo Regional en el Diario Oficial El Peruano.

Artículo Quinto.- Dispensar el presente Acuerdo del trámite de lectura y aprobación del Acta.

POR TANTO:

Regístrese, publíquese y cúmplase.

TOMAS FIESTAS ECHE
Consejero Delegado Consejo Regional

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